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Tribunal Supremo

03/06/2024@20:37:25
El Tribunal Supremo entiende que la persona demandada estuvo amparada por la libertad de expresión, teniendo en cuenta que no imputó al afectado la comisión de hechos o episodios concretos de violencia machista o abuso sexual.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado sentencia (número 471/2023) resolviendo los recursos de casación interpuestos contra la sentencia número 401/2021 de 19/09/2021 de la Sección Décimo séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en el caso conocido como “El Pequeño Nicolás”, y ha resuelto absolver a Francisco Nicolás G.I. de los delitos de usurpación de funciones públicas y cohecho activo y al agente de policía local Jorge G.H. del delito de cohecho pasivo por el que fueron condenados.
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La Sala rechaza la argumentación de la empresa, que en su recurso sostenía que la cláusula sobre facturación no imponía al cliente la factura electrónica.